La Justicia Federal dio 90 días a la Municipalidad para cercar el basural y controlar los accesos
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El Juzgado Federal de Garantías de San Nicolás, a cargo de Carlos Villafuerte Ruzo, ordenó a la Municipalidad de San Pedro la ejecución urgente de medidas precautorias para controlar e intervenir el basural a cielo abierto de 20 hectáreas ubicado en el barrio La Tosquera. La decisión judicial se enmarca en una causa instruida por el Ministerio Público Fiscal (MPF) que investiga los efectos contaminantes del predio y los riesgos sanitarios directos sobre los vecinos de la zona.
La resolución, que dio lugar al requerimiento del fiscal federal Matías Di Lello (Sede Fiscal Descentralizada San Nicolás) con la participación de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA) dirigida por Ramiro González, fijó un plazo de 90 días corridos para el cumplimiento del plan de contingencia y de 60 días para la presentación del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (PGIRSU).

Evidencias de contaminación y riesgo sanitario
El dictamen judicial se respaldó en relevamientos del Ministerio de Ambiente bonaerense, informes de la UFIMA y peritajes de laboratorio practicados por el Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina (PFA).
Durante las inspecciones en el predio se constató que la totalidad de los residuos sólidos urbanos —incluyendo desperdicios domiciliarios, neumáticos, restos de poda, escombros, vidrios y electrodomésticos— se deposita sobre el suelo natural sin ningún tipo de impermeabilización, cobertura ni compactación. A ello se suma la ausencia de obras hidráulicas para el manejo de lluvias, lo que genera acumulaciones de agua y escurrimientos hacia los cursos hídricos cercanos y las calles que conectan de forma directa con el casco urbano del barrio.
El informe técnico de la UFIMA concluyó que existen elementos para considerar acreditada la contaminación bajo los términos de la Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos, producto de las quemas sistemáticas que generan humo tóxico y de la proliferación indeseada de roedores e insectos que alteran el ecosistema.
Por su parte, los análisis bacteriológicos realizados sobre una muestra de agua extraída del pozo del Centro Infantil de Recreación y Aprendizaje "La Colmenita" —al que asisten niños del barrio— arrojaron valores de coliformes totales superiores a los parámetros permitidos por el Código Alimentario Argentino. Dado que el recurso se utiliza para consumo e higiene, los especialistas recomendaron la desinfección inmediata del sistema de almacenamiento.
Medidas precautorias fijadas por el fallo
Amparado en el principio precautorio de la Ley N° 25.675 de Política Ambiental Nacional, el juez dispuso que la administración local implemente de inmediato un esquema operativo con los siguientes puntos obligatorios:
Cerramiento perimetral: delimitación física completa del predio de 20 hectáreas para impedir el libre ingreso.
Vigilancia activa: control de accesos las 24 horas del día con personal municipal para bloquear descargas clandestinas o no autorizadas.
Registro de recolectores: censo y autorización formal de las personas que realizan tareas informalmente en el predio para garantizar sus condiciones de labor.
Clasificación de residuos: separación y zonificación de los materiales que ingresan al basural.
Control de transporte: registro de personas físicas y jurídicas que vierten residuos, verificación de documentación habilitante y cobro de las tasas correspondientes.
A su vez, el plazo de 60 días otorgado para la entrega del plan PGIRSU abarca el encuadre en las Leyes N° 25.916 y N° 13.592. Las obligaciones dispuestas en el fallo alcanzan de manera directa al intendente Cecilio Salazar; al director de Ambiente, Gustavo Solá; al secretario de Obras y Servicios Públicos, Adrián Devito; y al responsable operativo del Corralón municipal, Juan Bronce, quienes deberán coordinar su ejecución junto al Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires.










